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Latinoamérica

Cooke Aquaculture sancionado con clausura de centros en Chile

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó a Cooke Aquaculture en Aysén con la clausura de dos centros por infracciones ambientales, decisión que la empresa apelará.

SMA
Foto: SMA

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de Chile concluyó el procedimiento sancionatorio en contra la empresa Cooke Aquaculture S.A., confirmando ocho infracciones ambientales en la ejecución de tres centros de engorda de salmones (CES) ubicados en la Región de Aysén, Chile, dos de ellos emplazados dentro de los límites marítimos del Parque Nacional Laguna San Rafael. En tanto, uno de los cargos imputados en la formulación de cargos fue resuelta su absolución.

En el marco del procedimiento sancionatorio, la SMA confirmó que la empresa cometió infracciones ambientales en los centros Punta Garrao, Huillines 2 y Huillines 3.

Respecto de Punta Garrao se constató, con la información derivada del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Sernapesca, que la empresa superó la producción máxima autorizada durante el ciclo productivo ocurrido entre septiembre de 2017 y febrero de 2019, debido a que su producción total ascendió a 3.068,9 toneladas, excediendo en un 22,72% lo ambientalmente autorizado. Junto con lo anterior, la Superintendencia confirmó que se emplazaron estructuras asociadas a la explotación del CES fuera del área de concesión; y que no contaba, al momento de la fiscalización, con un plan de contingencias asociado al derrame de hidrocarburos, ni con un plan de contingencias para la especie huillín en su interacción con el centro de cultivo.

En cuanto a los CES Huillines 2 y Huillines 3, la Superintendencia confirmó que la empresa modificó de forma sustantiva sus proyectos sin haberse sometido a evaluación ambiental, tal como lo dispone la ley, tras haber aumentado la producción de recursos hidrobiológicos de salmones mediante un sistema de producción intensivo en más de 35 toneladas, sin contar con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) exigida para ello.

Adicionalmente, en Huillines 2 la empresa ubicó las estructuras del CES fuera del área de concesión y se constató la existencia de residuos de origen acuícola a orillas del borde costero aledaño.

De esta forma y tras el análisis de la información levantada durante la investigación, el procedimiento administrativo sancionatorio, la clasificación de gravedad de las infracciones y a la ponderación de las circunstancias dispuestas en el artículo 40 de la ley orgánica de la SMA, se ordenó la clausura total de los CES Huillines 2 y Huillines 3, producto de las modificaciones sustantivas sin RCA introducidas en ellos, y una multa total de 1.660,6 UTA (aproximadamente 1,4 millones de dólares). Respecto de la clausura, y de acuerdo a lo que indica la ley, la Superintendencia elevará en consulta la sanción al Tribunal Ambiental.

Frente a esta situación, Andrés Parodi, gerente general para de Cooke Aquaculture Chile, respondió a través de LinkedIN: “Gracias a las llamadas de periodistas, me enteré que la SMA, en primera instancia había fallado en contra de nosotros. Un triste espectáculo mediático.” Asimismo, Parodi añadió: “Era bastante obvio que nos sancionarían, considero que es un sistema mal hecho. Respecto del fondo, simplemente un reflejo de lo que es Chile hoy. Una sanción que la calificaríamos de expropiatoria, arbitraria, ilegal, discriminatoria, ideológica, desproporcionada, alejada de la ciencia y la ley. Nosotros actuamos de buena fe, siempre con el 100% de las autorizaciones sectoriales para sembrar y operar, no causamos daño al medioambiente y buscamos colaborar con las autoridades en todo lo que ha sido requerido y lo seguiremos haciendo. Seguiremos apelando y confiaremos en que en alguna instancia la justicia nos dará la razón, porque la tenemos. Los que trabajamos en el sector real y aportamos a Chile no podemos rendirnos”.